Vehículos permitidos:
Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (47,59 CV) y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg. Además, la moto no debe derivar de un vehículo con más del doble de su potencia original.
Requisitos adicionales:
Es necesario realizar una formación teórica y práctica, que incluye un examen específico.
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